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Seguro de Automoviles: FRANQUICIAS

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Seguro de Automoviles: FRANQUICIAS Empty Seguro de Automoviles: FRANQUICIAS

Mensaje por Kanyman Miér Jul 07, 2010 4:21 pm

- Actualmente las compañías, para reducir el coste de la prima en las garantias de <Todo Riesgo> aplican una cuantía a descontar de la indemnizacion de la factura de reparacion del vehículo (que corresponda de cada siniestro) la cual llamamos FRANQUICIA y que debe de ser asumida en ese caso por el asegurado del vehiculo.

ASEGURADO CULPABLE: Con una Franquicia, el asegurado paga menos de seguro pero a su vez, cuando tenga un siniestro y sea culpable y haya reparado el vehiculo tiene que abonar dicha franquicia y el restante se hará cargo la compañía aseguradora.

ASEGURADO INOCENTE: En el caso de ser inocentes y hasta tener aceptacion de la compañia contraria, la aseguradora se puede hacer cargo de la indemnizacion y el asegurado abona la franquicia para reparar el coche. Posteriormente y una vez conseguida dicha aceptacion por parte de la compañia contraria a nuestra reclamacion por el siniestro causado, la compañía reembolsará dicha franquicia estipulada en poliza a su asegurado.

Ejemplo Factura para una persona fisica:

+ Repuestos
+ Pintura
+ Mano de Obra
-------------------
= 1000 Euros (Importe Neto)
+IVA 18% (o impuesto similar)
-------------------
= 1180 Euros TOTAL FACTURA
- 300 Euros de Franquicia estipulada en las condiciones particulares de la poliza
-------------------
= 880 Euros que abona la Compañia Aseguradora al taller y 300 Euros que abona el asegurado al taller en concepto de FRANQUICIA.

* Las Franquicias se abonan al taller en concepto de "recibí" ya que el taller no puede hacer una factura porque la franquicia no lleva IVA.

* En el caso de que tengamos contratado un TODO RIESGO CON FRANQUICIA de 200 Euros, por ejemplo, y queremos pintar nuestro vehículo y reparar esos tipicos arañazos de aparcamiento, depende de la compañía aseguradora y sobre todo del perito, nos obligaran "seguro" a aperturar un parte por cada lateral (parte delantera, trasera, izquierda, derecha, techo y bajos) siempre que no tengamos localizado el daño en un lateral especifico y confirmemos con la compañia que son "daños generales". A parte, es bueno saber que incluso en un mismo lateral, el perito, puede llegar a dictaminar que son dos partes distintos o que rehusa algun daño por no coincidir con daños de aparcamiento.
Ejemplo extreño: Un asegurado tiene los tipicos arañazos en el lateral derecho y ademas, hace unos dias se golpeó con un bordillo la rueda delantera derecha y reventó y tiene la direccion dañada. En este caso, seguramente, el perito verá que uno sería por el bordillazo y otro por los daños de aparcamiento (rascadas, pintura, etc). Como espero que hayais entendido, el perito indicará a la compañia que son dos partes distintos y por lo tanto, si nuestra garantia es con Franquicia, nos aplicaran dos franquicias.

** Como consejo, será muy importante siempre que estimeis el importe de reparacion de cada lateral para ver si compensa entre la compañia aseguradora y la franquicia que tenemos con el costo de la reparacion en nuestro taller de confianza antes de dar el parte para que no contabilice en nuestro historial de siniestros de nuestra compañía aseguradora, ya que si la reparacion es por importe menor a la franquicia, será el asegurado quien se haga cargo de la factura y por parte de la compañía aseguradora nada.
Para aplicar una franquicia, el importe de indemnizacion o de reparacion deberá ser siempre superior a esta.

Espero que os haya ayudado esta pequeña parrafada y cualquier duda que os surja...

"a escribir!!".

Saludos!
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